Todas las islas mantienen sus niveles actuales de alerta

Todas las islas mantienen sus niveles actuales de alerta 




  • Tenerife y Gran Canaria continúan en nivel 4; Fuerteventura en nivel 3; La Palma, Lanzarote y La Graciosa, en nivel 2; y El Hierro y La Gomera, en nivel 1




  • Se mantiene la tendencia a la baja de la mayor parte de los indicadores, especialmente en la IA a 7 días que baja un 37%; salvo la ocupación UCI que asciende


La Consejería de Sanidad ha acordado este jueves, 19 de agosto, tras analizar la evolución de los datos epidemiológicos, que todas las islas continúen en el mismo nivel de alerta de la semana anterior. Esto es que Tenerife y Gran Canaria se mantienen en el nivel 4; Fuerteventura, en el 3; La Palma, Lanzarote y La Graciosa, en el 2; y La Gomera y El Hierro, en el 1. 


Esta decisión se basa en el informe de la Dirección General de Salud Pública donde se destaca la tendencia a la baja de todos los indicadores pandémicos salvo el de la estancias en camas UCI. 


En el informe se destaca que durante los días 11 a 17 de agosto se han notificado 2.460 casos, lo que representa una disminución en el promedio diario del número de casos notificados entorno al 37% con relación a la semana anterior . Todas las islas han seguido este patrón, excepto Lanzarote que ha permanecido estable. 


Con relación a las tasas de IA7d en la población de 65 y más años, se observa un descenso tanto en el conjunto de la Comunidad Autónoma (riesgo alto) como en cada isla excepto en Lanzarote donde se incrementa, respecto a la semana previa aunque ha descendido los 2 últimos días. A pesar del descenso generalizado, en Tenerife la tasa se encuentra en riesgo muy alto, alto en Gran Canaria y medio en Fuerteventura, el resto de las islas bajo o muy bajo. 


Con relación a la caracterización de las variantes que están circulando en Canarias, conforme a los datos de la última semana epidemiológica se estima que el 89,4% son probable Delta (B.1.617.2), el 0,4% Alfa (B.1.1.7) y el 0,2 Beta (B.1.351)/Gamma (P1) . 



Ocupación camas COVID-19

El número de camas convencionales ocupadas por pacientes COVID-19 se encuentra en descenso en las islas, así en el conjunto de la comunidad Autónoma se ha pasado de un promedio diario de 339 camas ocupadas a 291. El porcentaje de ocupación se encuentra en riesgo bajo o muy bajo en todas las islas menos en Tenerife. 


Sin embargo en el número de camas UCI ocupadas respecto a la semana anterior persiste en su incremento. En el conjunto de la Comunidad se ha pasado de un promedio de 100 camas UCI ocupadas a 106 de promedio la última semana. El mayor incremento se observa en Gran Canaria con 4 camas más de promedio ocupadas respecto a la semana anterior y en Lanzarote con una cama más ocupada. Con relación al indicador, el porcentaje de ocupación de las UCI, se encuentra en riesgo muy alto en Tenerife y en riesgo alto en Gran Canaria, Fuerteventura. En este indicador en el resto de islas, el riesgo es muy bajo.


El informe de la Dirección General de Salud Púbica afirma que “hay que tener en cuenta que en esta quinta ola se atribuía un mayor riesgo de infección a los jóvenes, sin embargo, el paso de las semanas y las limitaciones impuestas a las medidas de contención no farmacológicas, contribuyeron a que la infección se expandiera a los entornos de convivencia familiar, laboral y social de otros grupos de edad. En un primer momento, la edad media de las personas ingresadas en camas convencionales y en UCI descendió y hubo que asistir en los centros hospitalarios a personas de menor edad. Este patrón es el que se observó las últimas semanas. Ahora, tras haberse expuesto y afectado los grupos de edad más mayores, y en pleno descenso de la tasa de incidencia, aunque aún está en riesgo alto, la mediana de edad de los pacientes en los hospitales se ha incrementado”.


La mediana de edad del total de personas hospitalizadas por COVID-19 en los últimos 15 días es de 62 años y en UCI es de 57 años. Además, el 24% de los ingresados en UCI en los últimos 15 días tienen entre 12 y 39 años.


Hay que destacar que de las 253 personas ingresadas en camas convencionales las últimas dos semanas, el 64% estaban sin inmunizar; cifra que en el caso de los ingresados en UCI asciende al 81%.


Defunciones

El número de defunciones diarias se está incrementando desde hace cuatro semanas. En el conjunto de la Comunidad Autónoma el promedio diario de defunciones en la semana entre el 21 y 27 de julio era de dos fallecidos; la semana entre el 28 de julio y el 3 de agosto, fue de 3; entre el 4 y el 10 de agosto, el promedio diario es de 4 exitus (26 defunciones en total) y esta última semana, los días 12 de agosto y 17 de agosto, se registró la mayor cifra: 7 fallecidos. Se han producido 27 defunciones estos últimos 7 días. El 75% de los fallecidos en los últimos 15 días tenía 68 o más años. 

Medidas específicas en supuestos de alta incidencia acumulada


En base a lo establecido en la normativa actualmente vigente para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el SARS-CoV-2 y, en particular, en el punto 2.1.13 del Acuerdo de Gobierno de 18 de marzo de 2021 por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, así como la determinación de los niveles de alerta sanitaria (publicado mediante Resolución de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, de 19 de marzo de 2021, en el BOC nº 57, de 20 de marzo de 2021, disponible a través del siguiente enlace: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2021/057/002.html), en el que se establece que se tendrá en cuenta la valoración del riesgo y su incidencia en la definición de los niveles de alerta 1, 2, 3 y 4 aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud mediante el documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19” de fecha 22 de octubre de 2020, o posteriores actualizaciones que se produzcan, así como que la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud podrá activar, excepcionalmente, un nivel de actuación diferente en caso de que se detecte que la evolución de uno o algunos de los indicadores de valoración del riesgo lo requiere, se informa de los niveles de alerta de las diferentes islas.

La evaluación de riesgo ha considerado las características propias de la unidad territorial que se está evaluando, valorando la concurrencia de circunstancias específicas. En dicha evaluación se han tenido en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control, como son las medidas no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.

Los niveles de alerta en que se encuentran las islas, así como la fecha de vigencia establecida para las citadas medidas en cada una de ellas se indican a continuación:

Las islas de Tenerife y Gran Canaria: Nivel de Alerta 4.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el día 26 de agosto de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

La isla de Fuerteventura: Nivel de Alerta 3.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el día 26 de agosto de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

Las islas de Lanzarote y La Palma: Nivel de Alerta 2.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el día 26 de agosto de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

Las islas de La Gomera y El Hierro: Nivel de Alerta 1.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el día 26 de agosto de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.


Informe correspondiente al día 18/08/2021, con los datos consolidados del día 17/08/2021
Leer más ...

Puerto del Rosario propone al Gobierno de Canarias la apertura parcial en nivel 3 de ludotecas, parques y escuelas infantiles

Puerto del Rosario propone al Gobierno de Canarias la apertura parcial en nivel 3 de ludotecas, parques y escuelas infantiles

El Ayuntamiento capitalino plantea una reapertura parcial de ludotecas, parques y escuelas infantiles en el municipio tras la entrada a nivel 3 de alerta epidemiológico en la isla, teniendo en cuenta que Fuerteventura cuenta con 13 ludotecas dadas de alta y cinco de ellas están emplazadas en el municipio de Puerto del Rosario, así como otros tantos parques y escuelas infantiles.


 
El pleno del Ayuntamiento de Puerto del Rosario ha aprobado en sesión celebrada este viernes, 26 de marzo, la moción presentada por el grupo de gobierno municipal en el que se propone al Gobierno de Canarias la posibilidad de plantear una reapertura parcial de ludotecas, parques y escuelas infantiles en el municipio tras la entrada a nivel 3 de alerta epidemiológico en la isla, teniendo en cuenta que Fuerteventura cuenta con 13 ludotecas dadas de alta y cinco de ellas están emplazadas en el municipio de Puerto del Rosario, así como otros tantos parques y escuelas infantiles.

En este sentido, el alcalde de Puerto del Rosario, Juan Jiménez, que presidió la sesión plenaria, expuso que “dichos centros se han visto de un día para otro con el perjuicio que supone el cierre de sus negocios con el consiguiente quebranto económico tras haber realizado, asimismo, una inversión considerable en cuanto a la adaptación de los susodichos espacios a la normativa de desinfección covid para garantizar la seguridad de los hijos/as de muchas familias, convocando para ello el sector una protesta en el municipio capitalino para este mismo viernes, 26 de marzo, en la cual quieren visibilizar la incomprensión que les genera esta situación”.

Por ello, bajo esta premisa y en aras de garantizar una conciliación familiar que siempre resulta necesaria para quienes no tienen más alternativa para el cuidado de sus hijos/as, además de suponer un alivio económico para estos centros y su personal, es por lo que “el Ayuntamiento de Puerto del Rosario se compromete a trasladar al Gobierno de Canarias que valore la posibilidad de la reapertura de estas ludotecas, parques y escuelas infantiles y a que dispongan de todos los elementos de control sanitario en sus instalaciones, así como el del aforo permitido, en todos los niveles que decretan la obligatoriedad de su cierre, culminó el regidor municipal. 


 

En Puerto del Rosario, a 26 de marzo de 2021.-

Leer más ...

Tenerife y Gran Canaria pasan a nivel de alerta 2 y El Hierro y Fuerteventura a nivel 1

Tenerife y Gran Canaria pasan a nivel de alerta 2 y El Hierro y Fuerteventura a nivel 1 



       Lanzarote y La Graciosa continúan en nivel 4, y La Gomera y La Palma en nivel 1 hasta el 28 de febrero 



       La actualización de medidas será efectiva a las 00.00 horas de este lunes 22 de febrero, una vez finalice la vigencia de las restricciones específicas y extraordinarias aprobadas para el periodo de carnaval

 

La Consejería de Sanidad ha acordado este domingo, día 21 de febrero, tras analizar la evolución de los indicadores elevar a la isla de Tenerife a nivel de alerta 2 y bajar a este mismo nivel a Gran Canaria, mientras que El Hierro y Fuerteventura pasan a nivel 1. Permanecen sin cambios las islas de Lanzarote y La Graciosa, que continúa en nivel 4, y La Palma y La Gomera en nivel 1. 



Los cambios de nivel entrarán en vigor coincidiendo con la actualización semanal del Semáforo de incidencia acumulada (IA), publicado en el portal www.gobiernodecanarias.org/principal/coronavirus/semaforo, y mantendrán su vigencia hasta el 28 de febrero, salvo en el caso de Tenerife, que será hasta el 7 marzo. 



Esa decisión se sustenta en el informe emitido por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud (SCS) con fecha de hoy, que en el caso de Tenerife indica que, aunque en las últimas dos semanas la combinación de los indicadores ha presentado un comportamiento entre los niveles 1 y 2 de alerta, la Incidencia Acumulada a 7 días presenta un incremento discreto pero continuo, que informa de una transmisión comunitaria persistente no controlada. 

otePara Gran Canaria, el informe recoge desde hace 8 días ha dejado de cumplir la combinación de indicadores del nivel de alerta 3, a expensas de la reducción de la IA a 7 días, por lo que baja a nivel de alerta 2. Con respecto a El Hierro y Fuerteventura, también se confirma una tendencia favorable en los indicadores que las posicionan en nivel de alerta 1. 

En el caso de Lanzarote, aunque la tendencia es positiva y la isla ha dejado de cumplir la combinación de indicadores que la posicionan en nivel de alerta 4, lleva tan sólo tres días con una Incidencia Acumulada y ocpación UCI de nivel de alerta 3, por lo que se hace necesaria la consolidación de esta tendencia. Las islas de La Gomera y La Palma consolidan su indicadores en nivel de alerta 1.

Cabe recordar que a las 24.00 horas de este domingo finaliza la vigencia de las medidas específicas y temporales fijadas para el periodo en el que tradicionalmente se celebran las fiestas del Carnaval. Así, continuarán siendo de aplicación en todos los efectos para cada una de las islas, en función de su nivel de alerta, las medidas las contenidas en el Anexo del Acuerdo de Gobierno de 21 de enero de 2021 por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, así como la determinación de los niveles de alerta sanitaria (publicado en el BOC núm. 15, de 22 de enero).


Nivel de alerta 4 (Lanzarote y La Graciosa)

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. En el nivel de alerta 4, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre queda limitada a dos personas, salvo en hostelería y restauración.

Restricción de entrada y salida de personas, salvo por causa justificada que se produzca por alguno de los motivos contemplados en el artículo 6 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre.

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. En nivel de alerta 4, se limita la libertad de circulación de las personas entre las 22:00 horas y las 6:00 todos los días. Estas limitaciones no afectan a la realización de las actividades esenciales recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, como son la adquisición de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia y el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y asistencia y cuidado de animales domésticos o en explotaciones ganaderas, entre otras.

Limitación de cierre a las 18.00 en todas las actividades, servicios o establecimientos, salvo la actividad industrial y el comercio mayorista; comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; centros y servicios sanitarios, centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música; servicios profesionales, servicios de seguros, y empleados del hogar; servicios públicos esenciales; servicios sociales y sociosanitarios; centros o clínicas veterinarias; establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para automoción; alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos; servicios de entrega a domicilio; comedores sociales; servicios funerarios y velatorios; centros deportivos al aire libre para la práctica deportiva individual; centros para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores y puntos de encuentro familiar; restaurantes y cafetería para la entrega a domicilio y recogida en el local; establecimientos de restauración integrados en establecimientos de alojamiento turístico exclusivamente para el uso de sus clientes, centros sanitarios, establecimientos con servicios de comedor de carácter social y de centros de trabajo destinados a sus trabajadores y de centros de educación.

Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. En el nivel de alerta 4, no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de 4 personas y está prohibido el consumo en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 18.00 horas. Se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local y la entrega a domicilio hasta las 22.00 horas.

Práctica deportiva. Al aire libre solo se permite el deporte individual y aquel en el que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas y ejercicios en los que no se pueda garantizar esa distancia. La práctica de actividad física y deportiva en zonas interiores de instalaciones y centros deportivos queda prohibida. Durante la vigencia del nivel de alerta 4 se prohíbe cualquier tipo de actividad física o práctica deportiva no profesional en la que no se pueda mantener la distancia interpersonal de 2 metros en todo momento, incluidos los deportes de equipo, si bien podrán realizarse entrenamientos y actividad física en las que se garantice esa distancia.

Eventos deportivos. Podrán celebrarse eventos profesionales y, para el caso de los no profesionales, solo aquellos en que los deportistas o jugadores puedan mantener la distancia de seguridad de dos metros permanentemente. En ningún caso se permite la asistencia de público, salvo en el caso de acompañamiento a menores.

Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se suspenden las visitas externas salvo en el caso de menores de edad, gestantes, de acompañamiento a pacientes terminales y de aquellas otras situaciones clínicas que se consideren necesarias a criterio del facultativo. En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de los residentes fuera de los centros y las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones que se consideren necesarias a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. De esta limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, lo que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

Establecimientos y locales de juegos y apuestas. En el nivel de alerta 4, los locales de actividad recreativa de juegos y apuestas permanecerán cerrados.


Nivel de alerta 2 (Tenerife y Gran Canaria)

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 23:00 horas a las 6:00 todos los días.

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 6, salvo en el caso de convivientes. Si el grupo incluye tanto personas convivientes como no convivientes este no excederá de 6 personas.

Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. Se reduce el número de comensales por mesa a 6 personas y el cierre antes de las 23.00 horas. En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento, el aforo máximo autorizado será del 75% y del 50% en el interior, con un máximo autorizado de 2 personas en barra, con distancia de seguridad entre ellas de 2 metros.

En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento quedan prohibida las actividades que propicien no mantener la distancia de seguridad interpersonal o no usar mascarillas, tales como bailes, karaokes, etcétera.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 6 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 50% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Al aire libre se permite el deporte en grupos máximos de 6 personas, incluido monitor, si no puede mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. Se permite la actividad deportiva federada no profesional en modalidades con más de 10 personas superar hasta el máximo necesario para el desarrollo de la actividad.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables.

Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se limitan las visitas externas, quedando bajo supervisión del centro. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

 
Nivel de alerta 1 (La Palma, La Gomera, El Hierro y Fuerteventura)

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. No se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. 

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 10 personas, salvo en el caso de convivientes, entendiéndose como tales a las personas que residen bajo el mismo techo. En el caso de que el grupo incluya tanto a personas convivientes como no convivientes, el grupo no excederá de 10 personas.

Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. Se reduce el número de comensales por mesa a 10 personas y el cierre al público antes de la 01.00 horas. El aforo máximo en terraza no puede superar el 100% permitido y el 75% en interior, con un máximo autorizado de 4 personas en barra, con distancia de seguridad entre ellas de 2 metro. 

En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento quedan prohibida las actividades que propicien no mantener la distancia de seguridad interpersonal o no usar mascarillas, tales como bailes, karaokes, etcétera.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 10 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 75% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Para las actividades colectivas al aire libre en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 10 personas por grupo, incluido el monitor.

Se permite la actividad deportiva federada no profesional en modalidades con más de 10 personas superar hasta el máximo necesario para el desarrollo de la actividad. 

Transporte público. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.
Leer más ...
Suscribirse a este canal RSS

Siguenos

Facebook:https://www.facebook.com/PuebloFuerteventura, con más de 25.000 seguidores, 
Para leer todas las revistas publicadas: 
https://issuu.com/mipueblofuerteventura